Empresas de transporte europeas afectadas por cambios en las autorizaciones CEMT-IFT

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A partir de 2015 se modifica la normativa internacional de circulación de vehículos de transporte por las carreteras europeas.

Y es que las autorizaciones multilaterales CEMT-IFT que hasta ahora permitían circular libremente a los mensajeros de las empresas de transporte por los 44 Estados miembro de la Conferencia Europea de Transporte, dependerán de la calificación de sus vehículos. Sólo estarán a disposición de vehículos Euro IV o superior.

Esta medida se pone en marcha un vez más para intentar paliar los efectos de la contaminación, reduciendo las emisiones de CO2 de los vehículos que causan un impacto medioambiental.  Ya en 2010 se estableció que estas autorizaciones de circulación sólo se concedieran a vehículos Euro III o superiores, pero ahora la medida es aún más restrictiva.

Recordemos las condiciones de esta autorización:

  • Después del primer transporte entre el país de procedencia del vehículo y otro Estado miembro, el transportista puede realizar tres transacciones de internacionales en carga que no impliquen el país de matriculación del mismo
  • Realizadas dichas operación en carga, el vehículo (tanto cargado como vacío) deberá regresar inmediatamente a su país de procedencia (matriculación).

Se trata por tanto de un permiso un tanto limitado pero que concede una gran libertad a las empresas de transporte españolas, las cuales deberán a partir de ahora buscar alternativas, que seguramente pasen por renovar su flota de vehículos para no causar daños al medioambiente como se les supone a los vehículos utilizados hasta ahora.

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